Será hasta el 1 de enero de 2024 cuando Banxico anuncie la nueva moneda, no obstante, muchos mexicanos todavía usan billetes y monedas tradicionales.
Una moneda digital de un banco central o también llamada CBDC por sus siglas en inglés (central bank digital currency), es una nueva forma de emitir dinero de forma electrónica por un banco central.
Los bancos centrales, como Banxico, buscan emitir sus propias monedas digitales con el objetivo de mejorar el sistema de pagos, dado el aumento de los pagos electrónicos y la caída del uso del efectivo.
En este sentido, Gabriel Yorio, subsecretario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) el 8 de diciembre, se reunió con una comisión técnica, relacionada a las nuevas políticas monetarias digitales en el país… pero no se anunció nada en concreto:
“Hoy el grupo de innovación financiera nos reunimos con reguladores y representantes del sector fintech (…) en el primer paso en el desarrollo de una política pública robusta para el sector, con el objetivo de consolidar a México como el principal referente en América Latina en la oferta y desarrollo de servicios y productos financieros digitales (…) estableciendo un nuevo estándar en el sector fintech”.
Pero hasta ahí.
Sin embargo, desde hace dos años, el gobierno, a través de Banxico, señaló que en menos de 12 días, en México ya operará una moneda digital:
Notarios, a la espera
Pero a menos de 12 días de iniciar el CBDC mexicano, los notarios ya están al tanto y esperan indicaciones del Gobierno Federal a través del Banco de México (Banxico):
“El evento cobra mucha importancia. Lo hemos discutido en algunos foros en notarios sobre cómo abordar la moneda digital y cuáles van a ser los criterios como medio de pago y qué reconocimiento tiene. Si no está reconocido por el Banco de México (Banxico) y ya vamos para allá, creo que Banxico nos tendrá qué decir las directrices para la seguridad jurídica como respaldo de ellos, como banco central a este tipo de activos virtuales”, destacó en plática Jorge Armando Medina Peña, abogado en las notarías 248 y 22 de la CDMX.
Entrevistado en el marco de un evento que realizó la Unión de Profesionales Inmobiliarios de México (UPIM), ejemplificó que en este sentido, el Bitcoin todavía no funciona como un activo virtual porque no tiene el respaldo de Banxico, y la volatilidad que tiene este activo virtual no da gran seguridad jurídica a quien se hace valer de ella.
Esclarecer la figura jurídica
“Pero aquí notarialmente, la discusión que siempre existe es cuando dicen ‘yo voy a pagar un inmueble en activos virtuales y no va a tener un precio en dinero, sino que va a haber un activo virtual a cambio. ¿Qué figura juridica es? ¿Es una compraventa, se tomaría al bitcoin como dinero? ¿o es una permuta, por que más bien estoy intercambiando algo que no es un activo virtual —que no es dinero— por un bien inmueble? Esa es la discusión que ha estado en boga”.
“Creo que en cuanto el Banco de México se pronuncie y dé un poquito más de claridad en cuanto en alguna reforma en la Ley de Instituciones de Tecnología Financiera (Ley Fintech) en donde se nos indique cómo va a funcionar el activo virtual que se vaya a crear al respecto, vamos a tener claridad en cómo aplicarlos en los temas de transacciones entre particulares; qué naturaleza les vamos a dar y en función de ello, todos los demás detonantes, como los efectos jurídicos que tiene una permuta versus una compraventa (de inmueble)”.
Archivos en papel contra digitalización
El abogado notarial especializado dijo que como parte de los sismos de 2017, en el Archivo General de Notarías se cayeron los estantes que contenían los libros de los protocolos de los notarios y desde entonces, ha sido una labor titánica contar con opciones alternas al papel “ya que si se pierde algún libro, imagínense la trascendencia jurídica”.
Y por ello, a través de la Red Informática Notarial se podrá seguir teniendo seguridad jurídica con una cuestión práctica, tecnológica y de fácil acceso a todos los notarios.
Derecho al olvido digital, tema pendiente
Cuestionado sobre la ley del olvido, especificó que “hubo una reforma al Código Civil para la CDMX en donde existe la posibilidad de otorgar un legado digital, de tal forma que yo pueda designar a un tercero que pueda tener acceso a mis credenciales, a las claves de los correos electrónicos, a las redes sociales, a las cuentas de banco, y que pueda tener acceso a ello y que disponga de esos bienes, pero ello no les da derecho a gastárselo, y por otra parte, si yo no dije nada en mi testamento, o si lo dije, puedo tener derecho al olvido, es decir, mi derecho a que se elimine de cualquier base de datos, o de cualquier red social mi nombre y mi actuar.
Por ahí algún tribunal se manifestó en el sentido que no es constitucional este derecho y ahí hay un dilema, pero es una figura que existe en la Unión Europea, y en la CDMX tenemos un tema de transparencia y de acceso a la información y la libertad de expresión, que podría verse coartada por este derecho al olvido, pero seguirá ejecutándose cuando haya un legado digital.
El abogado refirió que lo anterior podría aplicarse si Google “o alguna aplicación digital contiene mis datos, éstos se puedan eliminar y que no se haga un mal uso y más como los activos virtuales que existen hoy en día como el Bitcoin; ahí nos daremos cuenta la utilidad del derecho al olvido, porque cierta persona podrá tener acceso y si no lo especifiqué, quien se atreva a hacerlo, tendrá responsabilidad”, aclaró.
DobleFilo MX agradece las atenciones de Unión de Profesionales Inmobiliarios de México (UPIM) a través de Jorge Salcido Toledo.