Se prevén sanciones de 4 a 8 años; un padrón de personas vulnerables, defensa de los usuarios y gestión de activos por terceros.
En Brasil, la Cámara de Diputados aprobó el día lde ayer una regulación para la prestación de servicios para activos virtuales (criptomonedas), que se espera en breve, cuente con la firma presidencial.
La nueva ley considera que un activo virtual es una representación digital de valor que puede negociarse o transferirse electrónicamente y utilizarse para realizar pagos o con fines de inversión.
Según el dictamen aprobado, las personas jurídicas que realicen servicios tales como el cambio, por cuenta de terceros, de monedas virtuales por moneda nacional o extranjera; intercambio entre uno o más activos virtuales; transferencias; custodia o administración o instrumentos de control; participación en servicios financieros y prestación de servicios, en relación con la oferta o venta de activos virtuales por parte de un emisor.
Una novedad en el texto aprobado es la autorización de organismos y entidades de la administración pública para llevar cuentas en estas empresas y realizar operaciones con activos virtuales, conforme a las normas del Poder Ejecutivo.
¿Participación del Banco Central?
Cabe señalar que como es un proyecto parlamentario, no fue posible mencionar explícitamente que el Banco Central será el ente regulador, que podría establecer condiciones y plazos, no inferiores a seis meses, para la adecuación a las normas del proyecto por parte de los prestadores de servicios de activos virtuales que se encuentren en actividad.
Funciones del nuevo órgano regulador:
1.- Autorizar la operación, transferencia de control y movimientos accionarios del proveedor de servicios de activos virtuales.
2.- Establecer condiciones para ocupar cargos en órganos estatutarios y contractuales en un proveedor de servicios de activos virtuales.
3.- supervisar a estos proveedores.
4.- cancelar, de oficio pedido, las autorizaciones
5.- establecer las hipótesis en que las actividades serán incluidas en el mercado cambiario o deberán estar sujetas a la regulación de capitales brasileños en el exterior y capitales extranjeros en Brasil.
Sanciones
El texto aprobado añade al Código Penal un nuevo tipo de robo, con una sanción de prisión de 4 a 8 años y multa a quienes organicen, administren, ofrezcan o distribuyan carteras u operaciones intermedias sobre bienes virtuales, valores o cualquier activo financiero para provecho ilícito en perjuicio de otros, induciendo o manteniendo a alguien en el error, mediante artificio, ardid o cualquier otro medio fraudulento.
Prevención de lavado de dinero
En cuanto a la prevención de lavado de dinero, el texto incluye delitos realizados mediante el uso de activos virtuales, entre aquellos con una agravante de 1/3 a 2/3 más de la pena de prisión de 3 a 10 años, si se cometen de forma reiterada.
Se pedirá a las empresas llevar un registro de las transacciones a los efectos de transmitir información a los órganos de inspección y combatir la delincuencia organizada y el blanqueo de capitales.
Se establecen además principios de prácticas de buen gobierno y los riesgos de mercado; seguridad de la información y protección de datos personales; protección y defensa de los consumidores y usuarios; prevención de financiamiento al terrorismo y evitar la proliferación de armas de destrucción masiva, en línea con los estándares internacionales.
Para la defensa del consumidor se prevé la aplicación del Código de Defensa del Consumidor a las operaciones en el mercado de activos virtuales.
Se prevé mayor funcionamiento del Registro Nacional de Personas Expuestas Políticamente (CNPEP), accesible a través del Portal de Transparencia.
“Personas políticamente expuestas”
Se establece un nuevo sujeto, que serían las “personas políticamente expuestas” que serían aquellas que hayan ejercido, en los últimos cinco años, en Brasil o el extranjero, cargos públicos, empleos o funciones públicas relevantes, así como sus representantes, familiares y asesores.
Se prevé que los poderes de la unión, estados, y municipios deberán remitir al encargado del registro información actualizada sobre las personas calificadas como personas expuestas políticamente (PEP) e informar a la Unidad de Inteligencia Financiera (antes Coaf) sobre operaciones sospechosas de delitos de lavado de activos o conexos previstas en la ley.
Fuente: Agência Câmara de Notícias
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Con información de The Block